Georgiana Gvantsa Gulordava recibe suspensión de 3 años por violar normas antidopaje

Para powerlifter dio resultado analítico adverso por una sustancia prohibida en Campeonato Mundial Elite de Para Powerlifting El Cairo 2025 24 Mar 2026
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An image showing laboratory glass tubes
ⒸAlex Livesey/Getty Images
By IPC

El Comité Paralímpico Internacional (IPC) ha sancionado a la atleta de Para powerlifting Gvantsa Gulordava con una suspensión de tres (3) años por cometer una infracción de las normas antidopaje (ADRV), en violación del Código Antidopaje del IPC (el Código).

La atleta georgiana arrojó un resultado analítico adverso (AAF) por una sustancia prohibida en una muestra de orina proporcionada durante la competencia el 13 de octubre de 2025, durante la prueba femenina de hasta 73kg en el Campeonato Mundial Elite de Para Powerlifting El Cairo 2025.

La sustancia prohibida era un metabolito de drostanolona. La drostanolona está incluida en la Lista de Sustancias Prohibidas 2025 de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) dentro de la clase S1.1 Esteroides Anabólicos Androgénicos (AAS). Está clasificada como una sustancia no especificada a efectos del Código.

La atleta fue suspendida provisionalmente por el IPC el 16 de enero de 2026 mientras se resolvía su caso. Posteriormente, el IPC le imputó formalmente una infracción de las normas antidopaje conforme a la Parte Tres del Código (las Reglas de la Federación Internacional del IPC).

La atleta admitió la infracción y aceptó todas las consecuencias propuestas por el IPC. Como resultado de la violación, la atleta no podrá participar en competencias ni en otras actividades deportivas (salvo programas autorizados de educación antidopaje o rehabilitación) durante tres (3) años, desde el 16 de enero de 2026 hasta el 15 de enero de 2029.

Todos los resultados obtenidos por la atleta en el Campeonato Mundial Elite de Para Powerlifting El Cairo 2025 (incluida la prueba femenina de hasta 73kg) han sido anulados, junto con todas las consecuencias derivadas, incluida la pérdida de cualquier medalla, puntos y premios. Todos los demás resultados obtenidos por la atleta desde la fecha en que se recogió la muestra hasta el inicio de la suspensión provisional también han sido anulados, con todas las consecuencias correspondientes, incluida la pérdida de medallas, puntos y premios.

Cada atleta es estrictamente responsable de las sustancias encontradas en sus muestras. Una infracción de las normas antidopaje ocurre siempre que se encuentra una sustancia prohibida (o sus metabolitos o marcadores) en una muestra corporal, independientemente de si el atleta utilizó la sustancia de forma intencional o no, o si hubo negligencia u otro tipo de culpa.

Como firmante del Código Mundial Antidopaje (WADC), el IPC mantiene su compromiso con un entorno deportivo libre de dopaje en todos los niveles. El IPC ha establecido su Código Antidopaje en conformidad con los principios generales del WADC, incluidos los Estándares Internacionales, con la expectativa de que, en el espíritu del deporte, contribuya a liderar la lucha contra el dopaje en el deporte para atletas con discapacidad.