Atleta francesa Justine Beve recibe sanción de 3 meses por violar normas antidopaje

Atleta de tiro Para deportivo obtuvo resultado analítico adverso relacionado con sustancia de abuso en muestra proporcionada durante competencia, 20 de julio de 2022 03 Mar 2023
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An image showing laboratory glass tubes
ⒸAlex Livesey/Getty Images
By IPC

El Comité Paralímpico Internacional (IPC) ha suspendido a la atleta de tiro Para deportivo Justine Beve por un periodo de tres meses por cometer una violación de las normas antidopaje (ADRV).

La atleta francesa devolvió un resultado analítico adverso (AAF) por una sustancia prohibida en una muestra de orina proporcionada en competencia el 19 de julio de 2022.

La sustancia era Carboxy-THC superior al límite de decisión (Carboxy-THC). La sustancia está incluida en la Lista de sustancias y métodos prohibidos de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) 2022 en la clase S8 - Cannabinoides. El Carboxy-THC está clasificado como sustancia de abuso en el Código Mundial Antidopaje 2021.

La atleta aceptó la comisión del ADRV y las consecuencias propuestas por el IPC, habiendo establecido que la ingesta se produjo fuera de competencia y no estaba relacionada con el rendimiento deportivo. Como consecuencia de su infracción, Beve fue inhabilitada para competir durante tres meses, desde el 24 de octubre de 2022 hasta el 23 de enero de 2023.

Los resultados obtenidos por la atleta a partir de la fecha de recogida de la muestra, incluidos todos los resultados individuales de la atleta obtenidos en el evento, también serán anulados, con todas las consecuencias resultantes, incluida la pérdida de medallas, puntos y premios.

Los resultados obtenidos por el equipo de la atleta en la prueba R5 - 10m rifle de aire mixto boca abajo SH2 también son automáticamente descalificados, con todas las consecuencias resultantes, incluyendo la pérdida de medallas, puntos y premios.

Cada atleta es estrictamente responsable de las sustancias encontradas en su muestra. Se produce una ADRV siempre que se encuentre una sustancia prohibida (o sus metabolitos o marcadores) en su muestra corporal, independientemente de que el atleta haya consumido o no intencionadamente una sustancia prohibida o haya sido negligente o culpable de otro modo.

Como signatario del Código Mundial Antidopaje (WADC), el IPC mantiene su compromiso con un entorno deportivo libre de dopaje a todos los niveles. El IPC ha establecido el Código Antidopaje del IPC (Código) de conformidad con los principios generales del WADC, incluidas las Normas Internacionales del WADC, esperando que, en el espíritu del deporte, lidere la lucha contra el dopaje en el deporte para los atletas con discapacidad.