Atleta ucraniana Nataliia Oliinyk suspendida por 3 años por violar normas antidopaje
Para powerlifter arrojó resultados analíticos adversos por múltiples esteroides anabólicos androgénicos en Juegos Paralímpicos París 2024 02 Apr 2026
El Comité Paralímpico Internacional (IPC) ha sancionado a la atleta de Para powerlifting Nataliia Oliinyk con una suspensión de tres años por cometer una violación de las normas antidopaje (ADRV), en infracción del Código Antidopaje del IPC.
La atleta ucraniana presentó resultados analíticos adversos (AAF) por la administración de boldenona y testosterona en una muestra de orina proporcionada fuera de competencia el 27 de agosto de 2024 durante los Juegos Paralímpicos París 2024. La muestra fue recogida como parte del programa de controles previos a los Juegos.
La muestra de orina de Oliinyk fue analizada mediante un tipo especializado de análisis conocido como cromatografía de gases/combustión/espectrometría de masas de relación isotópica (GC/C/IRMS), que permite diferenciar entre los esteroides anabólicos androgénicos (AAS) producidos naturalmente por el cuerpo y los agentes anabólicos prohibidos de origen externo. Los análisis GC/C/IRMS confirmaron la presencia tanto de boldenona como de testosterona y/o sus metabolitos de origen exógeno en la muestra de orina de Oliinyk.
La boldenona y la testosterona exógenas están incluidas en la Lista de Sustancias Prohibidas 2024 de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) dentro de la clase S1.1 (esteroides anabólicos androgénicos) y están prohibidas en todo momento.
La atleta fue suspendida provisionalmente por el IPC el 1 de septiembre de 2024 mientras se resolvía su caso y no se le permitió competir en los Juegos de París.
Tras una larga investigación, en la que la atleta inicialmente argumentó que el origen de los resultados adversos había sido el consumo de carne contaminada, finalmente admitió la infracción de las normas antidopaje y aceptó las consecuencias propuestas por el IPC. Como resultado, la atleta no podrá participar en competencias ni en otras actividades deportivas (salvo programas autorizados de educación antidopaje o rehabilitación) durante tres años, desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2027.
Todos los resultados obtenidos desde la fecha en que se recogió la muestra hasta el inicio de la suspensión provisional han sido anulados, con todas las consecuencias correspondientes, incluida la pérdida de medallas, puntos y premios.
Cada atleta es estrictamente responsable de las sustancias encontradas en sus muestras. Una infracción de las normas antidopaje ocurre siempre que una sustancia prohibida (o sus metabolitos o marcadores) se encuentra en una muestra corporal del atleta, independientemente de si el uso fue intencional o no, o si hubo negligencia u otra responsabilidad.
Como signatario del Código Mundial Antidopaje (WADC), el IPC mantiene su compromiso con un entorno deportivo libre de dopaje en todos los niveles. El IPC ha establecido su Código Antidopaje en conformidad con los principios generales del WADC, incluidos sus estándares internacionales, con la expectativa de que, en el espíritu del deporte, lidere la lucha contra el dopaje en el deporte para atletas con discapacidad.
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