Curler en silla de ruedas acepta sanción de 6 meses por violar normas antidopaje

Asunto resuelto por acuerdo después de que IPC recurriera al TAS contra una decisión de primera instancia a nivel nacional 16 Sep 2022
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Two rows of Beijing 2022 curling stones marked on the ice.
La atleta suiza de curling en silla de ruedas Françoise Jaquerod cumplirá un periodo de seis meses de inhabilitación por una infracción de las normas antidopaje
ⒸOIS/Bob Martin
By IPC

La atleta Paralímpica de curling en silla de ruedas Françoise Jaquerod ha admitido la violación de las normas antidopaje y ha aceptado un período de seis meses de inhabilitación.

El 29 de enero de 2022, la atleta proporcionó una muestra de orina fuera de competencia, la cual fue analizada y se encontró que contenía hidroclorotiazida, una sustancia prohibida. La hidroclorotiazida figura en la clase S5 (diuréticos y agentes enmascarantes) de la lista prohibida 2022, y su uso sin una autorización de uso terapéutico (AUT) está prohibido tanto dentro como fuera de la competencia. 

El 16 de febrero de 2022, Swiss Sport Integrity notificó a la atleta que podría haber cometido infracciones de las normas antidopaje en virtud de los artículos 2.1 y 2.2 del Estatuto Olímpico Suizo contra el Dopaje (presencia y uso de una sustancia prohibida). La atleta fue suspendida provisionalmente con efecto inmediato.

El caso de la atleta fue examinado de forma acelerada por el Tribunal Suizo de Disciplina Deportiva. El 25 de febrero de 2022, el tribunal impuso un período de inelegibilidad de 10 días que, de hecho, expiró al día siguiente, ya que a la atleta se le acreditó el período durante el cual fue suspendida provisionalmente, lo que le permitió competir en los Juegos Paralímpicos de Invierno Beijing 2022. 

El IPC no fue notificado inmediatamente del caso de la atleta y, por lo tanto, después de los Juegos, presentó un recurso contra la decisión del tribunal ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). 

El IPC, la atleta y Swiss Sport Integrity acordaron posteriormente resolver el procedimiento sin una audiencia, y ese acuerdo fue aprobado por el TAS.

La atleta admitió las infracciones y el IPC aceptó que la hidroclorotiazida presente en la muestra de la atleta era el resultado de su uso de medicamentos recetados por razones terapéuticas legítimas. Las partes estuvieron de acuerdo, en contra del enfoque adoptado por el tribunal en primera instancia, en que el estándar de No Culpa o Negligencia Significativa no se reduce o disminuye en el caso de atletas con una discapacidad (tal y como ha confirmado previamente la jurisprudencia del TAS). Por lo tanto, el período de inhabilitación apropiado para la violación de la atleta es de seis meses, que expirará el 27 de septiembre de 2022.

Las partes también acordaron que, aunque la sanción de 10 días impuesta en primera instancia permitió a la atleta competir en los Juegos, los resultados de la atleta en los Juegos no serán descalificados porque durante el periodo de los Juegos poseía una AUT válida para su uso de hidroclorotiazida. 

James Sclater, director antidopaje del IPC, dijo: "Este caso podría haberse evitado si la atleta hubiera comprobado si su medicación contenía alguna sustancia prohibida y hubiera seguido las normas de las Autorizaciones de Uso Terapéutico. El caso también confirma que los atletas que dan positivo por una sustancia prohibida no tienen derecho a una reducción de la sanción simplemente porque tienen una discapacidad, o porque van a competir en un evento importante poco después. El IPC supervisará las decisiones a nivel nacional que afecten a los atletas con discapacidad y, si es necesario, ejercerá su derecho a apelar las decisiones con el fin de mantener los principios fundamentales del Código".

Como signatario del Código Mundial Antidopaje, el IPC sigue comprometido con un entorno deportivo libre de dopaje a todos los niveles. En el espíritu del deporte, el IPC liderará la lucha contra el dopaje en el deporte para los atletas con discapacidad.